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De: WILLIAM ARTURO DAZA FLOREZ <williamdaza@hotmail.com>

Date: mar., 22 sept. 2020 a las 22:24

Subject: OBSERVACIONES CONVOCATORIA PUBLICA 005-2020

To: JURIDICA UPC

<juridica@unicesar.edu.co>, contratacion@unicesar.edu.co <contratacion@unices

ar.edu.co>

Buenas noches

Atentamente solicito enviar el PLIEGO DE CONDICIONES, debido a que, en la página de la

Universidad, y en la convocatoria pública 005-2020 no aparecen, este documento es

importante porque permite conocer los documentos exigidos y demás condiciones para

presentar la propuesta.

Agradeciendo la atención

ARQ, WILLIAM A. DAZA FLOREZ

Cel. 3014200948

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Señores:

UNIVERSIDAD POPULAR DEL CESAR:

Cordial saludo:

Hemos leído su invitación y estamos firmes al querer

presentarnos como proponentes, pero tenemos esta inquietud:

1- En la parte de Experiencia general dice "RUP y clasificados

en todos los códigos de la tabla siguiente"

2- En la parte de experiencia especifica dice. "RUP y

clasificado con al menos tres de los siguientes códigos"

No esta dentro delo posible, que tanto para experiencia general

como especifica se alinee a "al menos tres de los códigos

indicados"?. Para los requisitos de experiencia en ambos casos.

Muchas gracias

Cordialmente

ARQ. CESAR MENESES Z.

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Valledupar, 23 de septiembre de 2020.

Señores:

UNIVERSIDAD POPULAR DEL CESAR

Oficina de Jurídica

Oficina de contratación

Valledupar Cesar

ASUNTO: OBSERVACIONES AL PLIEGO DE CONDICIONES DE LA CONVOCATORIA

PUBLICA -005- 2020 CUYO OBJETO CONSISTE EN: “ADECUACIONES Y DOTACIÓN DE

ALGUNAS OFICINAS ADMINISTRATIVAS (AMPLIACIÓN OFICINA DE SISTEMAS,

CONTABILIDAD, JURÍDICA (CONTRATACIÓN) Y RELACIONES PÚBLICAS, ÁREAS DE

CIRCULACIÓN DEL BLOQUE ADMINISTRATIVO – SEDE HURTADO” DE LA UNIVERSIDAD

POPULAR DEL CESAR.

Respetados Señores:

Como oferentes interesados en participar dentro del proceso de la convocatoria Pública nos

permitimos solicitar a la entidad de manera respetuosa nos atienda la siguiente observación.

Como primera medida es importante mencionar que las exigencias y el procedimiento

señalado en los pliego de condiciones y en todo el proceso precontractual deben estar

ajustado a las reglas señaladas en el estatuto de contratación estatal (Ley 80 de 1993, Ley

1150 de 2007, Ley 1474 de 2011, Decreto ley 019 de 2012, Decreto 1082 de 2015,

Manuales y Circulares emitidas por La Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia

Compra Eficiente- en su carácter de ente rector del sistema de compras y contratación

pública y demás normas concordantes en la materia).

Los pliegos de condiciones forman parte esencial del contrato; son la fuente de derechos y

obligaciones de las partes y elemento fundamental para su interpretación e integración,

pues contienen la voluntad de la administración a la que se someten los proponentes

durante el proceso y el oferente favorecido durante el mismo lapso y, más allá, durante la

vida del contrato.

Una vez revisadas las condiciones del proceso que nos ocupa, encontramos algunas

exigencias y dudas que limitarán e impedirán la participación plural de los oferentes en

cuanto los siguientes aspectos: que

1. RESPECTO A LA FECHA DE ENTREGA DE LAS PROPUESTAS.

En lo que refiere al capítulo II, del pliego de condiciones: Aspectos generales de la

convocatoria, específicamente numeral 2.15. FECHA Y HORA LÍMITE DE

PRESENTACIÓN DE LA OFERTA: La oferta deberá ser enviada a través de los correos

electrónicos habilitados por la Universidad para tal fin, con carta de presentación firmada por el

oferente o el representante legal si es persona jurídica, o el representante designado si es

consorcio o Unión Temporal.

La Oficina Jurídica, registrará en el acta de cierre y apertura de propuestas, los siguientes datos:

- Nombre del proponente

- Fecha y hora de recibo de la propuesta por correo electrónico

- Número de la póliza de seriedad de la oferta y aseguradora que la expide

- Valor de la oferta

La fecha y hora límite de presentación de la propuesta será el día (28 de septiembre de 2020

a las 5:00 p.m.)

Señores Universidad Popular del Cesar, agradezco y se aclare como primera medida la fecha

en que serán recibida las propuestas, teniendo en cuenta que la fecha establecida para el cierre

en el pliego de condiciones, no coincide con la fecha que menciona el cronograma del proceso

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en la Resolución N° 1591 DEL 21 DE SEPTIEMBRE DE 2020, Por medio de la cual se da

apertura de la convocatoria Pública N° 005 de 2020, ya que en este caso la fecha de cierre de

convocatoria y recibo de propuestas fijada es el día 25 de septiembre de 2020 a las 5:00 p.m

Por otro lado, agradezco se me indique cuál será la metodología utilizada por la Universidad

para el cierre, toda vez que establecen el correo electrónico cómo único canal para la recepción

de propuestas y consideramos que el principio de transparencia de la contratación pública puede

verse afectado.

2. En lo que refiere al ítem de amparo, vigencia y valores asegurados, nos permitimos

presentar observación respecto al amparo de estabilidad y calidad de las obras

ejecutadas entregadas a satisfacción, toda vez que se exige una vigencia de 5 años a

partir del recibido por parte del supervisor. Como se señala a continuación:

Al momento de solicitar acompañamiento de las aseguradoras en la expedición de

pólizas, encontramos que, las aseguradoras consultadas en su totalidad coinciden en

lo siguiente:

“No es viable presentar condiciones teniendo en cuenta que le están exigiendo una garantía de

estabilidad de obra de 5 años y teniendo en cuenta el objeto del contrato es adecuación y

dotación, en este caso se sugiere que dicha garantía sea máxima de 3 años.

Así las cosas, sugerimos disminuir el tiempo de la estabilidad de la obra o en su defecto

establecer otra forma de garantizar este amparo a través del establecimiento de otra

forma de garantía que no sea a través de la garantía única de cumplimiento.

Por todo lo expuesto y con fundamento las disposiciones que en materia contractual contiene

nuestro ordenamiento, y demás principios que rigen la contratación estatal, solicito a la

entidad, acoger nuestras observaciones, y proceder a realizar las modificaciones necesarias

del pliego de condiciones.

Recibo notificaciones al correo electrónico construirq.juridica@gmail.com

Atentamente,

ORIGINAL FIRMADO

IVAN RICARDO QUIROZ DIAZ

Representante Legal CONSTRUIRQ S.A.S.

NIT 900351389-1

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E-mail: constructoramyssas@gmail.com

Neiva (H), 23 de septiembre del 2020.

Señores

UNIVERSIDAD POPULAR DEL CESAR

SEDE ADMINISTRATIVA - HURTADO-VÍA PATILLAL

Ciudad.

REFERENCIA: PROCESO DE CONVOCATORIA PÚBLICA No. 005-2020 CUYO

OBJETO ES: “ADECUACIONES Y DOTACIÓN DE ALGUNAS

OFICINAS ADMINISTRATIVAS (AMPLIACIÓN OFICINA DE

SISTEMAS, CONTABILIDAD, JURÍDICA (CONTRATACIÓN) Y

RELACIONES PÚBLICAS, ÁREAS DE CIRCULACIÓN DEL BLOQUE

ADMINISTRATIVO – SEDE HURTADO”.

ASUNTO: OBSERVACIONES A LA CONVOCATORIA PÚBLICA

Cordial saludo.

Respetuosamente me dirijo a ustedes con el fin de presentar OBSERVACIONES A LA

CONVOCATORIA PÚBLICA, las cuales sean reconsideradas y tenidas en cuenta para

realizar las adendas, relacionamos algunas de esas condiciones:

1. Solicitamos a la entidad aclarar la fecha del cierre toda vez que en el pliego de

condiciones aparece 28 de septiembre del 2020 a las 5:00 p.m., pero en el

cronograma aparece fecha del 25 de septiembre del 2020 a las 5:00 p.m.

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Pero a ello queremos pedir a la entidad solicitar que sea como fecha el 28 de septiembre la

fecha de cierre para que la entidad aseguradora nos pueda emitir la seriedad de la oferta y

poder presentar nuestra oferta.

2. Dentro del Numeral 4.3 EQUIPO DE TRABAJO MINIMO REQUERIDO:

Se solicita a la entidad que dentro de la experiencia específica se tenga en cuenta la

construcción de entidades Privadas, es decir que la experiencia específica quede de la

siguiente manera “HABER SIDO DIRECTOR DE OBRA EN UN (1) CONTRATO DE OBRA

PÚBLICA Y/O PRIVADA, CUYO OBJETO HAYA SIDO LA CONSTRUCCION Y/O

ADECUACIÓN Y/O REMODELACIÓN DE EDIFICACIONES.”

3. Para el caso del residente de obra se solicita a la entidad que dentro de la

experiencia especifica se tenga en cuenta la construcción de entidades Privadas, es

decir que la experiencia especifica quede de la siguiente manera “HABER SIDO

DIRECTOR DE OBRA EN UN (1) CONTRATO DE OBRA PÚBLICA Y/O PRIVADA,

CUYO OBJETO HAYA SIDO LA CONSTRUCCION Y/O ADECUACIÓN Y/O

REMODELACIÓN DE EDIFICACIONES.”

4. En el numeral 5.2.1.2. FACTOR DE CALIDAD:

Ahora bien con respecto a la ponderación Técnica, Solicitan como puntaje Adicional

documentos que hacen parte de la elaboración de un proyecto, dichos documentos son

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solicitados por la entidad en la estructuración del proyecto pliego de condiciones y estudios

Previos como requisitos de ponderación para puntaje adicional, lo cual es totalmente

inaceptable e inconstitucional y no deben ser solicitados por los siguientes motivos:

- Son Estudios que deben ser publicados de forma completa por la Pagina Web

del SECOP y de La UNIVERSIDAD POPULAR DEL CESAR. Toda vez que estos

documentos corresponden a condiciones y especificaciones técnicas de la obra

a contratar, dichas especificaciones no deben surgir ningún cambio, y lo que

ustedes indican es que cada oferente realice sus propias condiciones técnicas,

lo cual no es viable para la entidad ni para el futuro contratista ya que existirían

discrepancias entre las partes. Por lo anterior reitero que los documentos deben

ser de conocimiento de los futuros oferentes para saber en qué condiciones se

va a ejecutar la obra.

- Es muy importante entender que, si un futuro oferente allega dichos

documentos, no deben ser tenidos en cuenta como criterio de ponderación, toda

vez que esto no mide la experiencia, idoneidad y capacidad, adicional de un

oferente, lo que Colombia Compra Eficiente establece para criterios de

ponderación son los siguientes

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Además, es claro en determinar lo que no se debe solicitar:

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5. El PRESUPUESTO, ANALISIS DEL (AIU), ANALISIS DE PRECIOS UNITARIOS

(APU), PROGRAMACION DE OBRA y otros documentos técnicos, son anexos que

la entidad contratante debe proporcionar a los futuros oferentes con el fin de

garantizar las condiciones y especificaciones técnicas de la obra a contratar, y la

entidad contratante es quien exige las condiciones y especificaciones técnicas.

Lo anterior se debe considerar la entrega de APU Y PROGRAMACION DE OBRA

para el futuro contratista, ya que esto es solo un desgaste administrativo que no se

considera relevante para medir la experiencia en obra de un proponente, toda vez

que los mismos deben ser ajustados a los valores aprobados por el supervisor.

6. Solicitamos a la entidad reducir el porcentaje el índice de razón de cobertura de

intereses igual o mayor a 4 con el fin de que haya pluralidad de oferentes y la entidad

pueda escoger la propuesta más favorable.

Atentamente,

___________________________

HERNANDO GONZALEZ BERNAL

C. C. No. 7.703.353 NEIVA - HUILA

REPRESENTANTE LEGAL CONSTRUCTORA M y S S.A.S.

NIT.900.361.854-6